lunes, 16 de abril de 2012

REVOCATORIA 2012

AUTORIDADES DE 35 DISTRITOS SERÀN SOMETIDAS A CONSULTA DE REVOCATORIA



EL PLAZO PARA PRESENTAR LAS SOLICITUDES VENCE EL 25 DE MAYO 2012


"Hasta el momento son 35 solicitudes de consulta popular para revocar a autoridades municipales distritales las que cuentan con la cantidad de firmas válidas de adherentes exigida por la legislación peruana, esto es, la cuarta parte de su población electoral". Asì dice la nota de prensa publicada el pasado 10 de abril por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).


En caso de no llegar al porcentaje exigido de firmas vàlidas el pedido serà rechazado.

En Lima Metropolitana, solo en Pucusana; y en Lima-Provincias, los distritos de Hongos y Tomas en Yauyos; Nuevo Imperial, Chilca, Cerro Azul y Pacarán en Cañete; Lampián en Huaral, y San Juan de Iris en Huarochirí.

Según el cronograma del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), para que se realice una Consulta Popular de Revocatoria en el 2012, las solicitudes que cumplan todos los requisitos establecidos por la ley deben presentarse hasta el 25 de mayo.

¿Cómo se realiza la verificación de firmas?

El RENIEC notifica al promotor o al personero la fecha y la hora en que empezará el proceso de comprobación de firmas. Lo primero que se hace es una comprobación automática, mediante la cual se coteja el 100% de los planillones con la información del Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN), con el propósito de confirmar si a cada adherente le corresponde su número de DNI.

En una segunda etapa se lleva a cabo la comprobación semiautomática de las firmas que aprobaron la fase anterior: son observadas atentamente por expertos en grafotecnia y dactiloscopía con el fin de determinar si coinciden con las registradas por el RENIEC. El proceso concluye cuando se terminan de revisar todos los planillones presentados.

En caso no se llegara al porcentaje exigido de firmas válidas, el pedido será rechazado. Sin embargo, los promotores tienen derecho a presentar listas adicionales hasta completar el número requerido de adherentes.

Fuente:PRENSA/msr/RENIEC


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